El reparto de una herencia es un proceso legal que permite distribuir el patrimonio de una persona fallecida entre sus herederos.
En la Notaría Garach – Verdú de Alicante, ofrecemos asesoramiento especializado para garantizar que este procedimiento se realice de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.
Reparto de herencia con testamento
Cuando el fallecido ha otorgado testamento, este documento establece cómo deben distribuirse sus bienes. Sin embargo, es esencial respetar las legítimas, que son las porciones de la herencia reservadas por ley a determinados herederos forzosos.
En el Derecho común, aplicable en la Comunidad Valenciana, la herencia se divide en tres tercios:
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Tercio de legítima estricta: reservado a los hijos o descendientes.
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Tercio de mejora: puede asignarse a uno o varios descendientes para mejorar su porción.
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Tercio de libre disposición: el testador puede asignarlo a cualquier persona, sea o no heredero forzoso.
Si el testamento no respeta estas legítimas, los herederos afectados pueden impugnarlo judicialmente.
Reparto de herencia sin testamento (abintestato)
En ausencia de testamento, se debe realizar una declaración de herederos abintestato ante notario. Este procedimiento identifica a los herederos legales según el orden establecido por el Código Civil:
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Descendientes (hijos, nietos).
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Ascendientes (padres, abuelos).
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Cónyuge viudo.
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Colaterales (hermanos, sobrinos).
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Otros parientes hasta el cuarto grado.
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En ausencia de parientes, el Estado.
Para este trámite, se requiere presentar documentación como el certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y el DNI del fallecido, entre otros.
¿Qué sucede si los herederos no se ponen de acuerdo?
En caso de desacuerdo entre los herederos sobre la distribución de la herencia, existen varias vías para resolver la situación:
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Mediación extrajudicial: un mediador experto en Derecho de Sucesiones puede facilitar un acuerdo equitativo.
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Contador partidor: si el testador lo designó, esta persona se encarga de realizar la partición conforme a lo establecido en el testamento.
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Intervención notarial: si los herederos que representen al menos el 50% de la herencia lo solicitan, el notario puede formalizar la partición.
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División judicial: como último recurso, un juez determinará la distribución de los bienes.
Aceptación de la herencia: pura, simple o a beneficio de inventario
Los herederos pueden aceptar la herencia de diferentes maneras:
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Pura y simple: el heredero acepta tanto los activos como las deudas del fallecido, respondiendo con su propio patrimonio.
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A beneficio de inventario: el heredero limita su responsabilidad por las deudas a los bienes heredados, protegiendo su patrimonio personal.
Es fundamental evaluar la situación financiera del causante antes de decidir la forma de aceptación.
Documentación necesaria para tramitar una herencia en Alicante
Para formalizar una herencia en nuestra notaría, se requiere la siguiente documentación:
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DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o NIE del fallecido y de los herederos.
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Certificado de defunción.
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Certificado de últimas voluntades.
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Copia auténtica del último testamento o acta de declaración de herederos abintestato.
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Certificado de seguros de vida.
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Escrituras o notas simples del registro de la propiedad de los inmuebles.
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Certificados de saldos bancarios.
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Documentos que acrediten la propiedad de otros bienes y derechos.
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Documentación fiscal relacionada con la herencia.
¿Necesita ayuda con el reparto de una herencia?
En la Notaría Garach – Verdú de Alicante, contamos con una amplia experiencia en Derecho Sucesorio. Nuestro equipo está preparado para asesorarle en cada etapa del proceso hereditario, garantizando un trámite ágil y conforme a la legalidad.
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No dude en contactarnos para resolver cualquier consulta relacionada con herencias y testamentos.
La creación de una escritura de r herencia es uno de los procedimientos habituales que se realizan en nuestra notaría. Contacte con nosotros si necesita un Notario experto de herencias en Alicante.